⏰ 3 de Marzo de 2021 ⏰
NUEVAS Y ESTRICTAS RESTRICCIONES DE VIAJES (NIE) A EE.UU. PARA ESPACIO SCHENGEN, UK E IRLANDA
El Departamento de Estado de los Estados Unidos ha publicado en fecha 2 de Marzo de 2021 nuevas restricciones para los visitantes a EE.UU. que han pasado los últimos 14 días previos a la entrada en EE.UU. en países Schengen, UK e Irlanda.
Tras la suspensión de viajes a EE.UU. en marzo de 2020 por la Orden Presidencial 9993 del Ex Presidente Trump, la Orden Presidencial del Presidente Biden de 25 de Enero de 2021 extendió “sine termine” la suspensión de viajes.
Como muchos sabéis, hasta ahora, algunas personas y ciertas categorias de Visados, estaban exentos del ámbito de aplicación de la normativa mencionada. Y personas con un ESTA o Visado válido podían solicitar una Excepción de Interés Nacional “National Interest Exception” (NIE) basicamente para viajes que pudiesen acreditar “actividades con impacto económico en EE.UU.”
A partir del 2 de Marzo de 2021, las categorías de viajes que son de interés nacional, a efectos de las excepciones a la Orden Presidencial (OP) 10143, y que cubre el Área Schengen, Reino Unido e Irlanda, se han redefinido y se han vuelto mucho más restrictivas.
Solamente se aprobarán Excepciones de Interés Nacional (NIE) cuando se cumplan los siguientes criterios:
1) Estar casado con un ciudadano/a de los EE.UU., o con un residente legal permanente de los EE.UU., o ser el padre/madre de un hijo/a menor de 21 años que sea ciudadano/a de los EE.UU.
2) Quien/es puedan acreditar que prestan “soporte vital a los sectores de infraestructura crítica” según es definido por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) o “a la cadena de suministro vinculada a la infraestructura crítica” de EE.UU.
El “soporte vital”, se refiere a la instalación, adquisición, mantenimiento y capacitación esencial en seguridad necesaria para sostener las cadenas de suministro y producción en los sectores de referencia; así como otras funciones realizadas por especialistas u otras personas que son fundamentales para la continuidad dentro de un determinado sector.
Los “sectores de infraestructura crítica” definidos por el DHS son:
química,
instalaciones comerciales,
comunicaciones,
fabricación crítica,
represas,
base industrial de defensa,
servicios de emergencia
energía,
servicios financieros,
alimentación,
agricultura,
instalaciones gubernamentales,
atención médica y salud pública,
tecnología de la información,
reactores nucleares,
transporte,
y sistemas de agua/s residuales.
3) Viajes que se relacionan directamente con la creación o retención de empleos en EE.UU. Para este supuesto deberá demostrarse que la actividad propuesta debe tener lugar físicamente en EE.UU. y no puede posponerse, ni realizarse de forma remota. Se espera que la excepción de empleos sea muy poco común y esté diseñada para la creación o retención de empleos sustanciales. La decisión sobre estos motivos la tomará el Departamento de Estado y no la Sección Consular de las Embajadas de EE.UU.
La Embajada de EE.UU. en Madrid todavía no ha actualizado su web a estos efectos.
Las entrevistas de nuestros clientes de Visados E desde la entrada en vigor de la nueva norma en la Embajada de EE.UU. en Madrid, se han realizado ya bajo estricta aplicación de la nueva normativa.
Afortunadamente tod@s estaban incluid@s en el marco de las excepciones permitidas por la nueva normativa.
Obviamente, la constante tramitación de visados que nuestra firma representa, nos dará el “feed back” necesario para discernir algunas dudas que surgen en estos momentos, no solo sobre la misma normativa, sino y más importante, sobre el alcance, interpretación y aplicación de la misma, que a medida que tengamos más conocimiento, actualizaremos.
Entendemos que muchas personas y que requieran información adicional, y que en la medida de nuestras posibilidades atenderemos.
Con el entendimiento de que por cuestiones contractuales y éticas, debemos atender primero a clientes de nuestra firma, todos son bienvenidos a escribirnos a info@jurismagister.com
Debido a la confidencialidad de posibles comentarios, y considerando que algunos pueden afectar a trámites os invito a contactarnos al email antes mencionado.
OPCIONES DE VIAJE A EE.UU.:
1) Los Viajes Turísticos a EE.UU. siguen suspendidos.
2) Viajes de Negocios a EE.UU. con ESTA deberán calificar atendiendo a los requisitos previstos establecidos y a los requisitos de NIE establecidos por la norma de 2/3/2021:
https://www.jurismagister.com/visitar-estados-unidos-tras-el-coronavirus/
3) Viajes de Negocios a EE.UU. con Visado de Negocios B1 deberán calificar atendiendo a los requisitos previstos establecidos y a los requisitos de NIE establecidos por la norma de 2/3/2021:
https://www.jurismagister.com/viajar-a-estados-unidos-con-visado-b-1-de-negocios-tras-covid-19/
4) Viajes de Inversión a EE.UU. con Visado de E2 deberán calificar atendiendo a los requisitos previstos establecidos y a los requisitos de NIE establecidos por la norma de 2/3/2021:
https://www.jurismagister.com/visado-e-2-de-inversion-para-espanoles-tras-el-coronavirus/
5) Viajes de Comercio/Servicios a EE.UU. con Visado de E1 deberán calificar atendiendo a los requisitos previstos establecidos y a los requisitos de NIE establecidos por la norma de 2/3/2021:
6) Viajes con Visados C,D, F,J y M quedan regulados por la norma 3/2/2021.
7) Visados suspendidos por Ordenes Presidenciales siguen en estas mismas condiciones hasta por el momento 31/3/2021.
8 ) El pasado 24 de Febrero de 2021 el Presidente Biden revocó la suspensión de Visados de Inmigrante “Green Cards”:
9) En caso de No optener un NIE y pasar una cuarentena de 14 días en un tercer país sin restricciones antes de entrar en EE.UU., ello sigue una opción legal, pero habrá que considerar siempre el estado epidemiológico del país en cuestión y su posible evolución y riesgos.
SOLICITUD DE AUTORIZACION DE VIAJE A EE.UU. (NIE):
Nuevos Visados:
La aprobación y emisión del NIE se considerará y resolverá con la emisión del Visado.
El NIE será vàlido para viajar a EE.UU. será aprobada por 30 días independientemente a la validez del Visado.
ESTA y Visados ya Aprobados:
Los Titulares de un ESTA o Visado válido que planean regresar a los Estados Unidos durante los siguientes 30 días, deben solicitar un NIE, enviando un correo electrónico a la dirección: MadridNIE@state.gov con el asunto: “National Interest Consideration”, y la siguiente información:
️ Página biográfica de su pasaporte.
️ Copia de visado válido o ESTA.
Copia de la petición I-797 (si viaja con Visado E, H, L o O) o I-129 si su Visado es un L-Blanket.
️ Carta del empleador. Indicando su posición en la empresa y detallando como se cumple con los requisitos establecidos por la norma 3/2/2021.
️ Prueba de viaje dentro de los siguientes 30 días.
Debido al alto volumen tanto de solicitantes como consultas, solamente se responderá a quienes tengan un viaje inminente y califiquen para una excepción.
El NIE será vàlido para viajar a EE.UU. será aprobada por 30 días independientemente a la validez del Visado.
La decisión es totalmente discrecional.
La contestación de la solicitud, en base a nuestra experiencia actual (24 de Marzo de 2021) se puede demorarse entre 1 y 30 días laborables. No obstante la Embajada recomienda que en caso de no recibir respuesta en 15 días laborables, puede volver a solicitarse el NIE.